¿Me indemnizan por el importe completo de la deuda?

2020-04-16T18:59:26+02:00

En función de las condiciones de cada compañía, lo habitual es asegurar entre el 80 y el 90% de las ventas.

¿Me indemnizan por el importe completo de la deuda?2020-04-16T18:59:26+02:00

¿Puedo pagar el seguro a plazos?

2020-04-16T18:58:53+02:00

Se indemniza en caso de impago, ya sea por causa de concurso de acreedores o imposibilidad financiera del deudor.

¿Puedo pagar el seguro a plazos?2020-04-16T18:58:53+02:00

¿Qué otras operaciones no están cubiertas?

2020-04-16T18:58:07+02:00

Las operaciones con particulares, con Organismos Públicos y con empresas vinculadas al Asegurado.

¿Qué otras operaciones no están cubiertas?2020-04-16T18:58:07+02:00

¿Aseguran todos mis clientes?

2020-04-16T18:56:40+02:00

Aseguramos todos los clientes que hayan sido analizados y aprobados por la compañía aseguradora.

¿Aseguran todos mis clientes?2020-04-16T18:56:40+02:00

¿Aseguran las ventas al exterior?

2020-04-16T18:56:15+02:00

Claro, podemos asegurar las ventas al exterior, a casi todos los países, aunque se suele requerir un estudio previo de cada empresa a la que quiere vender.

¿Aseguran las ventas al exterior?2020-04-16T18:56:15+02:00

¿Quién contrata un seguro de crédito?

2020-04-16T18:55:42+02:00

El seguro de crédito lo contrata cualquier empresa que facture a crédito más de 300.000 euros anuales, tanto en el mercado interior como en la exportación. Se contempla cualquier tipo de actividad o estructura empresarial, sean personas físicas o jurídicas.

¿Quién contrata un seguro de crédito?2020-04-16T18:55:42+02:00

¿Cuándo se contrata el seguro de crédito?

2020-04-16T18:55:18+02:00

En cualquier momento se puede contratar el seguro de crédito, con la particularidad de que el contrato siempre tiene su inicio los días 1 de cada mes y cuenta con una duración de un año, prorrogable.

¿Cuándo se contrata el seguro de crédito?2020-04-16T18:55:18+02:00
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